01 Jul Colorante cochinilla E 120
Recientemente se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/1472, que modifica parte del Reglamento (CE) 1333/2008 con respecto a la declaración de etiquetado del colorante cochinilla E-120, también llamado carmín, carmines, ácido carmínico o cochinilla.
Como todo aditivo alimentario, debe declararse en el etiquetado indicando en primer lugar el grupo funcional al que pertenece (antioxidante, regulador de la acidez, conservador, colorante, impulsor, emulgente, estabilizante), y en segundo lugar, bien su nº E correspondiente, o una denominación autorizada.
Esta última modificación del reglamento alimentario, especifica que para declarar correctamente la inclusión del colorante E-120 en el etiquetado de alimentos, podemos utilizar las siguientes expresiones:
- “colorante (E-120)”
- “colorante (carmín)”
- “colorante (ácido carmínico)”
Además, esta modificación de la ley alimentaria excluye expresamente las siguientes denominaciones del colorante cochinilla E-120:
- “carmines”
- “cochinilla”
Un correcto asesoramiento sobre la declaración de los aditivos alimentarios en el etiquetado de productos alimentarios es clave para cumplir con los requisitos de la inspección.
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